La Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), en su Vigésima Quinta Sesión Urgente, resolvió 23 asuntos relacionados con el actual proceso electoral en esta Ciudad de México.
Aprobó por mayoría de votos el inicio de diversos procedimientos sancionadores respecto de los hechos denunciados en las quejas IECM-QNA/346/2024, IECM-QNA/618/2024 y su acumulado IECM-QNA/731/2024, por vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral; así como la aprobación de medidas cautelares ante expresiones que podrían constituir calumnia y campañas negativas.
Dichos procedimientos van en contra de Luis Alberto Mendoza Acevedo, en su calidad de Diputado Federal por el PAN del Congreso de la Unión por el distrito XV de la Ciudad México, así como en contra de diversas personas servidoras públicas del partido Morena.
Entre los asuntos discutidos por el colegiado destacan los inicios de los procedimientos especiales sancionadores (PES) siguientes: Queja IECM-QNA/346/2024 (Punto 2 inciso a del orden del día).
En este asunto, se aprobó por mayoría el inicio de un PES por calumnia, propaganda negativa, así como vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda por la publicación en el perfil de usuario Luis Mendoza Acevedo, @LuisMendozaBJ, en la red social “X”, con un mensaje que vincula a la candidata a la alcaldía Benito Juárez, Leticia Varela, así como a la candidata a la Jefatura de Gobierno, Clara Brugada, con presuntos actos delictivos. En este sentido, la medida cautelar consiste en ordenar el retiro de la publicación denunciada.
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En otro punto de la sesión, se abordó la Queja IECM-QNA/618/2024 y su acumulado IEMC-QNA/731/2024 (Punto 2 inciso c del orden del día).
Por mayoría la Comisión determinó, por una parte, desechar la queja respecto de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.
No obstante, se decidió el inicio del PES por la probable vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como calumnia y propaganda negativa por diversas publicaciones en redes sociales realizadas por servidores públicos y otras personas, de las que se desprenden expresiones con contenido presuntamente calumnioso y negativo como “ Cártel inmobiliario”, “Cartel de la Corrupción” así como expresiones denostativas sobre la posible constitución de las conductas delictivas, tales como “Santiago Tajada” y “Santiago Tajada candidato de las mafias”.
Consecuente con esta determinación la Comisión dictó la procedencia de la medida cautelar solicitada y ordenó el retiro de algunas publicaciones realizadas en redes sociales, así como ordenar a los probables responsables se abstengan de realizar publicaciones en cualquier red social o medio de comunicación en donde se viertan manifestaciones de carácter calumnioso sin sustento jurídico en contra de Santiago Taboada Cortina.
Finalmente, determinó desechar la denuncia respecto de las conductas vinculadas con Clara Marina Brugada candidata a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México por la coalición “Sigamos Haciendo Historia” al considerar que las publicaciones relacionadas con expresiones relativas al primer debate entre las candidaturas a la Jefatura de Gobierno, se encuentran amparadas a la luz de la libertad de expresión e información.
Adicionalmente la Comisión se pronunció de forma unánime por iniciar un PES identificado con el expediente IECM-QNA/357/202 (punto 2, inciso b, del orden del día) y desechar 13 quejas (punto 1 del orden del día).
Temas sobre Violencia política contra las mujeres en razón de género.
Más adelante, la Comisión abordó cuatro quejas (puntos tercero, cuarto y quinto del orden del día) en las que se denuncia violencia política en contra de las mujeres por razones de género (VPMRG). Al respecto, se determinó por mayoría el inicio de procedimientos en los expedientes IECM-QNA/854/2024 y IECM-QNA/855/2024, mientras que se reservó el inicio del expediente IECM-QNA/841/2024.
En estos casos se aprobaron medidas cautelares y en un caso se dictó también una medida de protección para salvaguardar la integridad de una candidata. Por último, se aprobó la solicitud de ratificación de la queja identificada como IECM-QNA/859/2024.
Una vez que los acuerdos sean firmados, se publicarán en la sección de Sesiones y Acuerdos del Sitio de Quejas del IECM en el siguiente enlace: https://quejas.iecm.mx/Sesiones.
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