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Concluyen actividades Consejos Distritales del IECM

Concluyen actividades Consejos Distritales del IECM

Los consejos distritales son órganos colegiados de carácter temporal y sólo funcionan durante los procesos electorales y sus fechas de cierre son escalonadas

El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), dio a conocer que los Consejos Distritales 1, 2, 3, 4, 5, 8, 13, 16, 17, 19, 21, 27, 28, 29, 30 y 31, realizaron sesiones ordinarias en las que declararon la conclusión de sus actividades.

El artículo 115 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México establece que los consejos distritales son órganos colegiados de carácter temporal y sólo funcionan durante los procesos electorales, por ende, sus fechas de cierre son escalonadas, en atención al ámbito territorial que les corresponda.

Los Consejos Distritales instalados desde el 9 de febrero del presente año estuvieron conformados por una presidencia, a cargo de la titularidad del órgano desconcentrado correspondiente, seis consejerías, emanadas de una convocatoria ciudadana, una representación por cada Partido Político o persona candidata sin partido y una persona secretaria, a cargo de la persona secretaria de órgano desconcentrado.

Entre sus atribuciones, les correspondió dar seguimiento a la aprobación de las secciones electorales dentro de ámbito distrital para instalar casillas especiales; así como del número y ubicación de casillas conforme a la normatividad aplicable; dar seguimiento al procedimiento de insaculación de los funcionarios de casilla y su capacitación; así como a la instalación de las Mesas Directivas de Casilla y ordenar la entrega de la documentación y materiales electorales a los Presidentes de las Mesas Directivas de Casilla.

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También se encargaron de recibir los paquetes electorales y la documentación relativa a las elecciones de Jefatura de Gobierno, Diputaciones al Congreso de la Ciudad de México, Alcaldías y Concejalías; efectuar el cómputo de la elección de diputaciones de mayoría, declarar la validez de la elección y entregar la constancia correspondiente a la fórmula de candidaturas que hubiera obtenido el mayor número de votos; en el caso de los distritos cabecera de demarcación el cómputo de Alcaldía, y realizar el cómputo distrital de la votación recibida en las elecciones de la Jefatura de Gobierno, Alcaldías, Concejalías y de las y los Diputados de representación proporcional, entre otras atribuciones.

El Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024 contó con 396 consejeras y consejeros distritales, propietarios y suplentes, en los 33 órganos desconcentrados del Instituto Electoral.

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