El debido proceso es el conjunto de requisitos que deben observarse en cualquier parte procesal con el fin de que los ciudadanos, nueve millones en la Ciudad de México, según el INEGI, tengan la seguridad de que podrán defenderse adecuadamente y hacer valer sus derechos, porque en cierto momento de sus vidas demandarán justicia, asegura el presidente del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), magistrado Rafael Guerra Álvarez.
Así lo establece en el texto de presentación de la obra “Aplicación de los estándares internacionales en el debido proceso”, que se suma a la vasta obra editorial producida por el órgano judicial capitalino, y que aparece en un momento en el que se reconoce al debido proceso como un derecho humano cuyo respeto es obligación para la autoridad, incluido el PJCDMX.
“Este documento ofrece una panorámica de lo que a nivel internacional se consideran los elementos constitutivos del debido proceso, a partir de la aplicación de la Convención Americana de Derechos Humanos y de los criterios de jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, afirma el magistrado.
De acuerdo con el Magistrado, “Aplicación de los estándares internacionales en el debido proceso” tiene como objetivo coadyuvar en la adopción institucional de los principios y garantías en la materia generados alrededor del mundo, para ajustar los criterios de sus juzgadores a la realidad actual.
Con investigación y redacción a cargo de la Dirección General de Orientación Ciudadana y Derechos Humanos del órgano judicial capitalino, esta obra cobra relevancia dado que el debido proceso debe ser visto como un derecho humano que se traduce en que toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante tribunales nacionales competentes que la amparen contra actos que vulneren sus prerrogativas fundamentales establecidas en la Constitución y las leyes.
La obra hace referencia a la diversidad de instrumentos internacionales que señalan un cúmulo de principios y garantías con carácter de inderogables y necesarios dentro de todo procedimiento, tales como acceso a órganos jurisdiccionales; derecho a ser oído; derecho a un juez competente, independiente e imparcial establecido previamente por la ley; derecho irrenunciable del inculpado a ser asistido por un defensor, entre otros.
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Sin embargo, el texto también hace alusión a otros que, si bien son fundamentales, sólo son aplicables a ciertos sujetos; derecho a servicios de traducción o interpretación gratuitos o derecho a asistencia consular, como parte de las garantías mínimas contenidas en instrumentos internacionales, por ejemplo.
Asimismo, a la aplicación de los estándares internacionales en el debido proceso consta de cinco capítulos: el I, Glosario de términos de utilidad; el II, Garantías del debido proceso contenidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el III, El acceso a la justicia; el IV, Derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente la culpabilidad, y, V, Garantías básicas en el debido proceso.
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