La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha confirmado, por mayoría de votos, el acuerdo INE/CG232/2024 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).
Dicho acuerdo aprobó el registro de Ricardo Anaya Cortés como candidato del Partido Acción Nacional (PAN) al Senado de la República, por el principio de representación proporcional, ubicándolo en el tercer lugar de la lista única nacional.
La impugnación presentada por Morena cuestionaba este acuerdo, argumentando la inelegibilidad del candidato debido a su situación actual como prófugo de la justicia, lo que según ellos impediría que asumiera el cargo al que fue postulado.
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Sin embargo, en una sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta de la magistrada Janine M. Otálora Malassis, ha determinado que no existen pruebas suficientes para sostener dicha afirmación. En primer lugar, no se pudo demostrar la existencia de una orden de aprehensión en contra de Anaya Cortés, sin que haya prescrito la acción penal.
Además, tampoco se pudo comprobar que el candidato esté evadiendo la justicia para evitar enfrentar un proceso penal.
Por consiguiente, el pleno del TEPJF ha concluido que Ricardo Anaya Cortés no se encuentra suspendido en el ejercicio de sus derechos políticos, según lo establecido en el artículo 38, fracción V, de la Constitución federal. Por lo tanto, se ha ratificado el registro de su candidatura.
En consecuencia, el acuerdo impugnado (SUP-RAP-108/2024) ha sido confirmado en todos sus términos.
Esta decisión del TEPJF marca un hito en el proceso electoral actual, destacando la importancia de la justicia electoral en garantizar la participación democrática de los ciudadanos y el respeto al Estado de derecho.
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