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En México aumentó a 53.1% el número de menores en situación de migración irregular

De acuerdo con la memoria ‘Estadísticas Migratorias’ en sus síntesis 2023 de la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas (UMPRIP) de la Secretaría de Gobernación, en el período de enero a abril de 2022, se registraron 15 mil 866 personas de 0 a 17 años de edad en situación migratoria irregular y durante el mismo período de 2023 se captaron 24 mil 289 en igual rango de edad, lo que marca un incremento de 53.1 por ciento.

Para garantizar los derechos de esta población etaria migrante, la Secretaría Ejecutiva (SE) del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), adscrita a la Secretaría de Gobernación, ha reforzado las actividades de coordinación interinstitucional mediante el impulso del Plan Estratégico de Acciones para la Atención de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Movilidad (PEAANNAM), y a su ruta de protección Integral.

En este sentido, y por invitación de la organización Plan International en México, el encargado de Políticas de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Movilidad de la SE del Sipinna nacional, Erik Álvarez Pérez, expuso que el PEAANNAM tiene dos componentes.

El primero se refiere a las acciones estratégicas con enfoque de seguridad humana, gobernabilidad y derechos humanos, cuyas estrategias y acciones contemplan mecanismos de coordinación en cada entidad federativa con su respectiva ruta de protección integral, y la socialización de información clave a actores focales, actividades de protección, educación y salud, entre otras.

El segundo componente promueve la creación, instalación y operación de las Comisiones Estatales de Migración que generarán productos como diagnósticos locales, PEAANNAM propios y rutas de protección en sus territorios.

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Asimismo, apuntó que los órganos colegiados estatales tienen como base estructural la Comisión para la Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes y Solicitantes de la Condición de Refugiado del Sipinna nacional, cuyo propósito es contribuir a garantizar la protección de este grupo poblacional en situación de movilidad, en temas como la no separación de las familias, mejora permanente de albergues, formación de las personas servidoras públicas y promover la efectiva determinación del interés superior de la niñez.

Al referirse a la ruta de protección integral, aclaró que su objetivo consiste en sistematizar las atribuciones que se encuentran en la ley para cada una de las autoridades responsables de la atención de niñez y adolescencias en contexto de movilidad humana.

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