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Etiquetado Frontal

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Es constitucional etiquetado frontal en alimentos: SCJN 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resalta que esta información es crucial para que los consumidores tomen decisiones informadas sobre su alimentación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado un fallo determinante en relación con el etiquetado frontal de alimentos, rechazando un amparo y estableciendo que la Norma Oficial Mexicana (NOM) que regula esta práctica es constitucional. 

En una sesión del Pleno celebrada este lunes, los ministros analizaron un recurso presentado por Santa Clara, propiedad de FEMSA, en contra de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 y las leyes asociadas que establecen el etiquetado frontal en los alimentos preenvasados.  

Esta medida tiene como objetivo informar a los consumidores sobre el contenido de calorías, azúcares, grasas saturadas, grasas trans, sodio, cafeína y edulcorantes, especialmente aquellos no recomendados para el consumo infantil. 

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La empresa de lácteos argumentó que esta normativa violaba la libertad de comercio y afectaba la relación entre productores y consumidores.  

Sin embargo, la SCJN determinó que la medida no vulnera la libertad de comercio y, en cambio, persigue un fin constitucionalmente válido: proteger el derecho a la salud, los derechos de los consumidores y el interés superior del menor. 

Según el fallo emitido, el etiquetado frontal se considera el medio idóneo para permitir a los consumidores distinguir entre productos saludables y aquellos que podrían ser perjudiciales para la salud.  

En este sentido, la Corte resalta que esta información es crucial para que los consumidores tomen decisiones informadas sobre su alimentación. 

Respecto a la inclusión de una leyenda que advierte sobre la presencia de cafeína en los productos, el ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, subrayó que esta medida no es discriminatoria, ya que solo se aplica a productos con cafeína añadida y no a aquellos que la contienen de forma natural. 

Este fallo de la SCJN confirma la validez constitucional del etiquetado frontal en alimentos, destacando su importancia en la protección de la salud pública y los derechos de los consumidores. 

Esta decisión marca un hito significativo en la regulación de la industria alimentaria en México y podría tener repercusiones en otros países que buscan implementar medidas similares para mejorar la transparencia y la seguridad alimentaria. 

ARH

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