Con el fin de garantizar a las y los ciudadanos de la Ciudad de México residentes en el extranjero la oportunidad de ejercer un voto informado, así como regular la forma en la que las fuerzas políticas les enviarán sus propuesta políticas, el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó los Lineamientos para difundir los mensajes, propuestas y/o plataformas electorales de los Partidos Políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas sin partido, en el marco del Voto de las personas originarias de la Ciudad de México Residentes en el Extranjero.
En el actual proceso electoral las personas oriundas de la Ciudad de México residentes en el extranjero podrán votar, para elegir a la persona que ocupe la Jefatura de Gobierno y para elegir, por segunda ocasión, a la persona que ocupe, como diputada migrante, un lugar en el Congreso de la Ciudad de México.
Para hacerlo, podrán sufragar en cualquiera de las tres modalidades existentes: vía electrónica, postal y presencial en 24 consulados de Estados Unidos de América, Canadá y Europa.
Los lineamientos determinan las especificaciones y requerimientos que los partidos políticos deberán observar para comunicar sus plataformas electorales a la ciudadanía allende nuestras fronteras.
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El IECM determinó que, tanto en el Paquete Electoral Postal (PEP) como de manera electrónica, la ciudadanía podrá contar con un Políptico con información relevante acerca del voto de las y los ciudadanos de la Ciudad de México residentes en el extranjero, de las candidaturas y las fuerzas políticas que representan, así como un enlace electrónico que direccionará a un video en el que se presentarán los mensajes de las y los candidatos a la Diputación Migrante, con el objeto de brindar un espacio informativo que proporcione elementos de juicio que sirvan al electorado en el extranjero para emitir un voto informado y razonado.
La difusión aprobada por el IECM se sujeta a los principios de legalidad e igualdad para los diversos actores y plantea que los mensajes, propuestas y/o plataformas se difundan a través del Políptico: el cual contendrá las plataformas electorales, infografías y/o semblanzas (en su caso con fotografía) de las personas que obtengan el registro como candidatas y candidatos a la fórmula de Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México y Diputación Migrante.
Asimismo, que puedan difundirse las páginas de los partidos políticos y candidaturas comunes en Internet, así como las redes sociales en las que se promueva la información relativa a la Diputación Migrante y a la Jefatura de Gobierno de la CDMX (Facebook, X, Instagram o cualquier otra que manejen y sean de amplia difusión).
Cabe precisar que conforme a lo dispuesto en el artículo 353 y en relación con el 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los partidos políticos nacionales y locales, así como sus personas candidatas a cargos de elección popular, no podrán realizar campañas electorales en el extranjero, entendiéndose por campaña electoral, el conjunto de actividades como reuniones públicas, asambleas, marchas u otras, que lleven a cabo de manera conjunta en coalición o en candidatura común o de manera individual, dirigidas al electorado para promover sus candidaturas y obtener el voto.
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