Juristas advirtieron este sábado que la forma en la que fueron aprobadas en el Senado durante la madrugada podría provocar que sean declaradas como inválidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por vicios de procedimiento, es decir, violaciones en el proceso legislativo.
En el caso de la sesión en el Senado de este sábado, los juristas advierten que primero se debe definir su validez, pero que además la veintena de dictámenes que fueron aprobados en esta podrían ser impugnados en recursos que apelen a la inconstitucionalidad de su contenido.
Para ello, los legisladores de oposición deberán hacer una revisión minuciosa del proceso legislativo que siguió cada dictamen, además de su contenido. Las impugnaciones por vicios de proceso pueden presentarse por fallas en la Cámara de Senadores, que las aprobó en la madrugada de este sábado, pero también por vicios en la Cámara de Diputados, que las avaló en la sesión maratónica que se dio entre el 24 y 25 de abril.
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Entre las causas que permiten presentar acciones de inconstitucionalidad contra una ley, luego de que estas son promulgadas en el Diario Oficial de la Federación y entran en vigor, están las violaciones al proceso legislativo, que tienen que ver desde la forma en la que se citó a sesión o si un proyecto no se publicó en la Gaceta Parlamentaria con la anticipación establecida por el Reglamento de la Cámara donde se discutió.
También si la iniciativa no pasó a dictamen de comisiones, y si no se argumentó adecuadamente la dispensa de los trámites como un asunto de urgente resolución.
Héctor Pérez Rivera, consultor jurídico del despacho Pérez Rivera, Salas y Peña, explicó a Latinus que del paquete de 20 leyes aprobado anoche por el Senado se podrían esperar varias acciones de inconstitucionalidad interpuestas por la minoría legislativa, que tendrá que revisar cada una de ellas para establecer cuáles son los problemas que presentaron.
Señaló además que los ciudadanos también podría impugnarlas a través de un juicio de amparo presentado ante la Suprema Corte, en recurso que se conoce como amparo contra leyes.
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Los ciudadanos tendrán entre 15 y 30 días para presentar sus recursos de amparo, dependiendo de si son afectados por leyes autoplicativas, es decir, que su mera publicación afecta directamente al ciudadano.
“Por ejemplo, de las leyes aprobadas anoche, la desaparición del Insabi. Si yo soy un beneficiario, su desaparición afecta un derecho adquirido, que es contrario al principio de progresividad de los derechos establecido en la Constitución, por lo tanto, es autoaplicativa y tendrían 30 días a partir de su publicación en el DOF para poderse amparar”, indicó el experto.
Francisco Burgoa, abogado constitucionalista y catedrático en la Facultad de Derecho de la UNAM, explicó que el proceso que seguirán las impugnaciones tendrá dos vías: aquellas que se hagan por las fallas en el proceso legislativo llevado a cabo en el Senado y las que tengan que ver con los que indica la ley en sí misma, es decir, su contenido, por lo que prevé que el bloque opositor presente recursos a lo largo de la semana en ambos sentidos.
“Hay un conjunto de violaciones constitucionales, legales y reglamentarias en cuanto a la forma y eso sería suficiente, si cualquiera de ellas se puede acreditar, para que el pleno de la Suprema Corte pueda declarar la invalidez de todo lo aprobado en la sesión”, explicó el jurista al medio Latinus.
Particularmente lo que tiene que ver con el artículo 46, párrafo 4, del reglamento del Senado, donde se establece que si bien se puede sesionar en cualquier espacio o inmueble de la Cámara, esto debe discutirse previamente con la Junta de Coordinación Política (Jucopo).
“Pero para que esto se cumpla, la consulta se debe hacer a la Jucopo, se debe discutir con los integrantes de la Junta, no sólo con su presidente, que es Ricardo Monreal”, aclaró.
Señaló además las irregularidades en el quórum, pues aunque se declaró la sesión y luego un receso en la sede de Reforma al comienzo de la sesión, al llegar a la sede alterna en Xicoténcatl no estaban los 65 senadores requeridos para sesionar.
Para Burgoa, se debe analizar particularmente el caso de Claudia Balderas, quien se encontraba en una reunión interparlamentaria en Bélgica en calidad de senadora de la República viaje financiado con recursos públicos, y en la sesión de anoche se indicó que había solicitado licencia y su suplente rindió protesta al cargo.
Primero, habría que revisar el oficio original, la fecha en que fue emitido, que tenga firma autógrafa y no digitalizada.
También que la discusión de esa licencia se encontrara en la orden del día de la sesión, y si no era sí, no había quórum para incluirla, por lo que se habría cometido una irregularidad, aclaró el experto.
“Además, los legisladores tienen que aclarar por qué si fue como parte de la representación parlamentaria sigue en Europa cuando ella ya no es senadora. Entonces, se salió de la reunión de Parlamento Europeo en la que estaba o iba en calidad personal. De ser así, ¿cómo se explicarán sus gastos?”, indicó.
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