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Dr. Horacio Rafael Rodríguez Montalvo

La Política Desde la Psicología

La OIT ha señalado el impacto de los riesgos psicosociales y del estrés relacionado con el trabajo.

Salud mental en el trabajo, NOM037 STPS a regular el teletrabajo (Home office)

Por el Dr. Horacio Rafael Rodríguez Montalvo

En el marco de acciones a nivel mundial de la seguridad y salud en el trabajo, la OIT ha señalado el impacto de los riesgos psicosociales y del estrés relacionado con el trabajo.

Es un problema global que afecta a todos los países, profesiones y trabajadores, tanto en países desarrollados como en desarrollo. En esta compleja visión, el lugar de trabajo es una fuente importante de riesgos psicosociales, así como, el lugar idóneo para proteger el bienestar del trabajador. 

El estrés laboral no solo tiene un impacto en la salud mental y emocional de los trabajadores, sino que también puede afectar negativamente la productividad, la calidad del trabajo y la satisfacción laboral. A pesar de esta problemática, es importante señalar que en México y en otros lugares, las medidas y los enfoques para abordar el estrés laboral varían y están en constante evolución.

Un estudio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 2016 indicó que el 75% de los trabajadores mexicanos encuestados experimentaba estrés laboral en diferentes grados, y 33% es adicto al trabajo, por lo que el objetivo de la NOM 035 es equilibrar la vida laboral y personal de cada integrante de una empresa.

Se ha observado un aumento en los niveles de estrés laboral debido a diversas razones, incluyendo largas jornadas laborales, falta de equilibrio entre el trabajo y la vida personal, inseguridad laboral, presión excesiva, y problemas de comunicación en el entorno laboral.

Para complicar la situación, en 2019 inicia la pandemia, lo que llevo de una aspiración laboral a una realidad de trabajo. Anteriormente se pensaba en el home office como una alternativa para estimular al trabajador, pero cuando llegó la necesidad de aplicarla, se tuvieron muchos problemas y abusos por ambas partes: patrón – trabajador.

Acorde a la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) publicada en febrero, durante el cuarto trimestre del 2021 la población trabajadora en el país alcanzó los 56.6 millones de personas. De ese total, al menos un 23% podría laborar bajo la modalidad del Home office (teletrabajo).

En México, para términos legales se le conoce a ese trabajo en casa o fuera de su lugar de trabajo, como teletrabajo. En la Ley Federal del Trabajo se agregó el Capítulo XII bis titulado Teletrabajo. Allí se establecen las condiciones laborales en esta modalidad y las obligaciones patronales y del teletrabajador. Para regular está opción de trabajo.

En el artículo 330-J, señala: “las condiciones especiales de seguridad y salud para los trabajos desarrollados en teletrabajo serán establecidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en una Norma Oficial Mexicana. Esta deberá considerar a los factores ergonómicos, psicosociales, y otros riesgos que pudieran causar efectos adversos para la vida, integridad física o salud de las personas trabajadoras que se desempeñen en la modalidad de teletrabajo”.

Para regularlo se ha implementado la NOM 037, es la Norma Oficial Mexicana enfocada en regular las condiciones de seguridad y salud relacionada con el teletrabajo. La misma ha sido publicada por la Secretaría del Trabajo el 9 de junio de 2023, y entrará en vigor 6 meses después de su publicación, es decir, en diciembre de este mismo año. Es decir, que todas las empresas que tengan está modalidad, podrán ser inspeccionadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y de encontrar incumplimientos serán merecedores a multas.

Los principales temas que pretende regular: 

  • Establecer la jornada laboral.
  • Formas de contacto entre empleador y teletrabajador.
  • Conciliar la vida laboral y la vida personal.
  • Responsabilidad de las empresas de brindar el equipo ergonómico necesario.
  • Mantenimiento e insumos para las labores en teletrabajo.
  • Reversibilidad (posibilidad de regresar al trabajo presencial). 

Ahora será interesante ver, si las empresas continúan con esta forma de trabajo, que no es obligatoria, o es la norma que desmotivará a los patrones a continuar con el teletrabajo para evitar dificultades innecesarias.

Lo cierto es, que se debe reconocer que hay interés por atender la salud mental en el trabajo, que tanta falta hace.

Horacio Rafael Rodríguez Montalvo es egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Licenciado por la Facultad de Psicología, con formación en psicología clínica, educativa, organizacional y social. Maestría y doctorado en ciencias de la administración, con especialidad en comportamiento organizacional.

Doctorante en la Facultad de medicina, en el área de ciencias de la salud con especialidad en salud mental en el trabajo. Consultor y conferencista en transformación organizacional – humano, en diversas empresas privadas y públicas.

Docente en los niveles de licenciatura, maestría, doctorado, especialidad y diplomado, en las carreras de: Psicología, administración, educación, mercadotecnia, alta dirección y desarrollo humano.

Especialista invitado en programas radiofónicos, publicaciones en periódico, revistas impresas/ electrónicas, redes sociales, plataformas y televisión con temas del comportamiento humano.

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