El Congreso de la Ciudad de México aprobó dos dictámenes, que presentó el diputado Jorge Gaviño Ambriz a nombre de la Comisión de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias, para brindar certeza jurídica a los procesos parlamentarios del Congreso de la Ciudad de México.
El congresista presentó el dictamen por el que se reforma el párrafo primero y se derogan los párrafos segundo y tercero del artículo 80 de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; se reforman los artículos 106, 256 y 257; y se deroga el artículo 258 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México.
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“Se plantea la concentración de un solo precepto que defina los elementos de los dictámenes, aportando las cuestiones de procedimiento y derogando las disposiciones que resultan reiterativas”, propuesta por la diputada Guadalupe Morales Rubio, explicó el legislador.
Asimismo, considera la incorporación como elemento de estudio en los dictámenes la perspectiva de desarrollo sostenible a la Agenda 2030, propuesta por la iniciativa del diputado Aníbal Cañéz Morales.
Homologan nombre de la Comisión de Normatividad
Por otro lado, Jorge Gaviño Ambriz también presentó, a nombre de la Comisión de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias, el dictamen por el que se reforma el artículo 81 párrafos primero, segundo y cuarto de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; y se reforman los artículos 99 párrafo segundo, 109, 263, 308 fracciones I y III, 334, 367 fracción VII, y 527 párrafos primero y segundo del reglamento del Congreso de la ciudad de México.
El legislador explicó que varios preceptos de las normas del Congreso, la comisión se denomina como ‘Comisión de Normatividad Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias’, lo cual diverge de lo previsto por diversos preceptos de ambos ordenamientos como es con lo relativo y lo previsto en el artículo 74 de Ley Orgánica, que establece cuáles son las comisiones ordinarias permanentes de este Congreso y en específico con la fracción 25 que determina la existencia de la ‘Comisión de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias’, siendo esta denominación la acordada por la Jucopo y aprobados por el Pleno.
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