En el marco de la conmemoración de la promulgación de la Constitución de 1917 en Querétaro, el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Alberto Pérez Dayan, afirmó que ningún poder está por encima de la Constitución; aseguró que la militancia y la Judicatura no son afines, por lo cual rechazó que jueces, magistrados y ministros sean electos por voto popular.
Durante su mensaje en el recinto histórico del Teatro de la República, con la representación de la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Piña, Pérez Dayán dejó en claro que es la Constitución la que dio a la SCJN la facultad para invalidar leyes, “independientemente de la fuente de la que provenga, electa o no electa”.
“El Poder Judicial tiene perfectamente claras esas palabras y entiende que, por encima de la Constitución, no hay poder alguno, nada ni nadie. No permitamos que esto se olvide o se confunda. Y es precisamente la Constitución Federal, esta que ahora conmemoramos, la que dio a la Suprema Corte de Justicia de la Nación las facultades suficientes para invalidar cualquier acto que no la respete, independientemente de la fuente de la que provenga. Electa o no electa. Sin distinción alguna”, sostuvo Alberto Pérez Dayán.
Abundó que cada sentencia del Poder Judicial que obliga a quienes no cumplen con el mandato de la Constitución o de la ley, a realizar lo que éstas prescriben, representa un acto democrático que honra la confianza popular en él depositada.
En otras palabras, hacer cumplir la ley es uno de los actos democráticos más genuinos del servicio público.
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Alberto Pérez Dayán dijo que “defender a la Constitución es defender al pueblo mismo, aunque no siempre se quiera atender así. Duele escucharlo, lo sé, pero más doloroso sería dejarlo pasar”.
Mencionó que en el sistema dibujado por el constituyente reunido en este recinto hace más de un siglo, se entendió nítidamente que la participación ciudadana y la legitimación de las instituciones se entrelazan de manera indisoluble.
“El Tribunal Constitucional creado décadas más tarde, es el intérprete lúcido de la voluntad popular, materializada en la norma, que le permite y obliga a asegurarse de la conformidad de las leyes y sus procesos de creación con los preceptos supremos. De no atenderlos, esa la ley no es ley, y tampoco debe ser obedecida. Declarar su invalidez es la consecuencia de sus propios vicios. De esto, de esto no debe sorprenderse nadie”, dijo.
Alberto Pérez Dayán recordó las palabras del constituyente Paulino Machorro y Narváez, quien destacó que “…el magistrado no es igual al diputado o al senador: el magistrado es radicalmente distinto; él no va en el ejercicio de sus funciones a representar a la opinión pública; no va a representar a nadie; no lleva el criterio del elector, lleva el suyo propio; simplemente se le nombra como persona en la cual se cree que se reúnen ciertos requisitos indispensables para llenar una función social”.
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