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Personas con discapacidad deberían demandar sin representantes: PAN 

El artículo 226 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que menores de 18 años y las personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho.

El diputado Ricardo Rubio Torres, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Ciudad de México, presentó una iniciativa por la cual busca dar cumplimiento a una declaratoria de inconstitucionalidad recientemente realizada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), respecto del artículo 226 del Código Nacional de Procedimientos Penales. 

Que hasta el día de hoy genera incertidumbre jurídica para las personas con discapacidad en el país. 

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El legislador panista explicó que “actualmente el artículo 226 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que los menores de 18 años y las personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho. 

Por ello, no pueden presentar querellas por ellos mismos, sino mediante representantes legales, salvo que se trate de delitos cometidos por dichos representantes legales.” 

Añadió que “en ese sentido, el modelo social de nuestro país, de forma desatinada, considera a las personas con discapacidad como personas que no tienen dicha capacidad para comprender el significado del hecho, por lo que, hoy por hoy, no pueden presentar denuncias por ellos mismos.” 

El también secretario de la Comisión de Salud, subrayó que “hablar de discapacidad, es hablar de una amplia gama de discapacidades, y por lo tanto, aunque es claro que existen personas con discapacidad que no pueden considerar el significado de un delito (como señala la ley). 

Por ello dijo, también debería ser claro que hay muchas otras personas con discapacidad que sí pueden considerar dicho significado; es una batalla que quienes defendemos a las personas con discapacidad, hemos dado en diferentes proyectos de ley, para reconocer su capacidad jurídica para actuar en el mundo del derecho.” 

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