El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la primera parte del Plan B de la Reforma Electoral, un nuevo revés para el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Los ministros votaron 9-2 a favor de la acción de inconstitucionalidad de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas por una falta de imparcialidad.
Previo al debate la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal advirtió a la SCJN que si invalida el proceso legislativo del Plan B de la Reforma Electoral incurrirá en sustituir al Congreso de la Unión.
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Los ministros que votaron a favor del proyecto –con votos concurrentes en algunos casos– que tumba la primera parte del “Plan B” fueron:
Ana Margarita Ríos Farjat. Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Pérez Dayán, Arturo Zaldívar, Javier Laynez Potisek, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Luis María Aguilar Morales y la Ministra presidenta del pleno, Norma Piña Hernández.
En contra, votaron las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, ambas propuestas por el Presidente Andrés Manuel López Obrador.
La Ministra presidenta Piña argumentó en favor del proyecto para tumbar el “Plan B”: “Esta situación de desconocimiento de lo que se votaría, al igual que el trámite urgente, son causas invalidantes del procedimiento legislativo, porque vulneran la equidad en la deliberación parlamentaria al grado tal que ni siquiera se cumple con las condiciones mínimas de una deliberación democrática, pues el trámite precipitado provoca que no se conozca el contenido de la iniciativa”.
“Todo lo anterior, a mi juicio, es contrario a la configuración representativa republicana y democrática que prevé nuestro texto constitucional. Reitero que existen condiciones suficientes para declarar la invalidez del proceso legislativo en cuestión y consecuentemente de las normas que derivaron del mismo”, subrayó.
El Ministro Arturo Zaldívar, expresidente de la Corte, también opinó en contra de la primera parte del Plan B, ya que, argumentó, no hubo ni igualdad ni libertad para que los diputados pudieran discutir y menos aprobar la reforma en el tiempo entre que fue publicada y que se votó. “La iniciativa presentada por Morena fue presentada y sometida a votación prácticamente el mismo día y hora de la sesión correspondiente”, dijo, “no hay constancia de la publicación previa, como marca la ley, y tampoco tenemos constancia de que los diputados y diputadas hayan conocido su contenido y poderse posicionar y discutirlo”.
Antes del inicio de la discusión a fondo del proyecto, los ministros rechazaron por unanimidad la solicitud de la Consejería Jurídica de Presidencia de impedir que el Ministro Alberto Pérez Dayán votara en este tema, argumentando falta de imparcialidad, algo fue rechazado por el pleno en su totalidad.
Al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular, la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión.
De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos.
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