Los contratos celebrados para implementar medidas de seguridad en el mecanismo para la protección de personas defensoras de Derechos Humanos y de periodistas deben ser proporcionadas en versión pública, así lo solicitó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) hacia la Secretaría de Gobernación (Segob).
Además, los contratos, deberá estar visible solo el monto destinado a la implementación de dichas medidas de seguridad, sin mencionar los nombres de las personas protegidas.
“La consolidación de un Estado democrático requiere del ejercicio periodístico libre, objetivo e imparcial, para mantener informada a la sociedad y fortalecer la opinión pública. El reconocimiento paulatino a la importancia de esta profesión llevó a que, en 1993, la UNESCO reivindicara la necesidad de que existiera un periodismo libre y plural para impulsar sociedades modernas y democráticas”.
Comisionada Norma Julieta del Río Venegas.
Reporteros sin fronteras.
Los periodistas realizan su trabajo de investigación en condiciones precarias, como lo son las malas condiciones, los bajos salarios y el riesgo regular de sufrir violencia y persecución. Durante el 2022, el país tiene el deshonroso título de ser el país más peligroso del mundo para ejercer esta profesión.
“De acuerdo con información de la propia Secretaría de Gobernación, del año de 2006 a la fecha, han sido asesinados 260 periodistas en México; 63, en los cuatro años de la administración federal en turno”.
Del Río Venegas
¿Qué pasa con las personas defensoras de los derechos humanos?
La situación para personas defensoras de los derechos humanos en el país no es mejor; de acuerdo con datos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la violencia contra estos activistas en el continente se incrementó entre mayo y agosto de este año, con un alto número de asesinatos en varios países de la región.
Por ello, en el caso concreto, un particular solicitó a la Secretaría de Gobernación, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, diversa información sobre la operación del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
«La cantidad actual de personas periodistas beneficiarios y/o inscritas en el mecanismo, dividido por entidad federativa; la cantidad actual de personas defensoras de derechos humanos y/o activistas beneficiarias y/o inscritas en este mecanismo; la cantidad actual de hombres y mujeres defensores de derechos humanos y/o activistas beneficiarios y/o inscritos en el mecanismo, dividido por entidad federativa».
La Segob respondió, por conducto de su Unidad de Transparencia, los puntos 1, 2, 3 y 5 de la solicitud.
Con respecto al numeral 4, correspondiente al costo mensual o anual de la renta de botones de asistencia asignados a las personas beneficiarias y/o inscritas en el mecanismo de protección, determinó la reserva de la información por un periodo de cinco años, bajo el argumento de que su divulgación haría identificables las medidas que se implementarán para proteger a estas personas defensoras de derechos humanos y periodistas y se aumentaría el riesgo y vulnerabilidad de las personas que se benefician con este mecanismo de la Segob.
Inconforme con la clasificación de la información, el particular acudió al INAI a presentar un recurso de revisión. En alegatos, la Segob reiteró su respuesta inicial.
En el análisis del caso, realizado por la ponencia de la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas, se encontró que las medidas de protección para periodistas y defensores de derechos humanos varían en función de la finalidad y del grado de riesgo en el que se encuentran, y también cambian de conformidad con la ley que existe para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, donde se enlistan una serie de medidas y características específicas para el tema.
“La clasificación de la información por parte del sujeto obligado solo sería válida si esta permitiera identificar al periodista o defensor de derechos humanos protegido por el mecanismo. Dicho lo anterior, es necesario no perder de vista que la persona solicitante pidió únicamente conocer el monto que la Secretaría de Gobernación eroga por la renta de los botones de asistencia asignados a estas personas beneficiarias; nunca pidió ni solicitó la identidad de la persona física”, expresó.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la Secretaría de Gobernación y le instruyó que proporcione, en versión pública, los contratos celebrados con el objeto de implementar medidas de protección en el Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y de Periodistas.
En la versión pública deberán estar visibles solo las cláusulas que refieren el monto destinado a la implementación de estas medidas, sin nombres de personas protegidas, solo el monto.
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