La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi) publicó en la Gaceta Oficial los avisos por los que se establecen las vialidades en las que se pondrá en marcha el servicio de transporte de pasajeros público colectivo concesionado en la modalidad de Servicio Zonal “Azcapotzalco” y “Tlalpan Centro”, con lo cual se dará paso a la extinción de las concesiones individuales de las rutas 2 (Ramal Pino-San Cosme), 17 y 23, y 73 respectivamente.
Lo anterior como parte de las acciones para brindar un servicio seguro y de alta calidad para usuarios del transporte público.
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El documento puntualiza que el Servicio Zonal “Azcapotzalco” tendrá una extensión de recorrido aproximado de 149.08 kilómetros considerando ambos sentidos de circulación, a fin de conectar 154 calles de la capital y en beneficio de las Alcaldías Azcapotzalco, Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc y Gustavo A. Madero, que tienen como vías principales Av. Aquiles Serdán, Av. Marina Nacional, Calz. México-Tacuba, Av. De las Culturas, Av. Tezozómoc, Calz. Ingenieros Militares y Av. Azcapotzalco.
Por su parte, en el caso del Servicio Zonal “Tlalpan Centro” se contará con una extensión de recorrido aproximado de 20.67 kilómetros considerando ambos sentidos de circulación, al conectar 29 calles de la ciudad y en beneficio de las Alcaldías Tlalpan y Coyoacán, teniendo como vías principales Calz. de Tlalpan y Volcán Iztaccihuatl.
Asimismo, se informa que todos los concesionarios individuales de transporte colectivo que actualmente prestan los servicios en los recorridos mencionados, se sujetarán a los procedimientos administrativos correspondientes para la extinción de las concesiones individuales.
Adicionalmente, con la finalidad de obtener los mayores beneficios a favor de las personas usuarias, se establecen las siguientes medidas para mejorar la operación de este corredor:
a) La prohibición de sitios, bases, lanzaderas y paradas para el ascenso y descenso de vehículos de transporte público ajenos al corredor de transporte, con excepción de los ya existentes, mismos que deberán armonizar su operación.
b) La restricción de la circulación de otro transporte público colectivo en las vialidades en que opera el servicio zonal de transporte, con excepción de los ya existentes, siempre y cuando no tengan el mismo origen – destino.
c) La restricción de la circulación de los concesionarios individuales de transporte colectivo que actualmente prestan los servicios en los recorridos descritos y que no acrediten la titularidad de su concesión o decidan no integrarse a los Servicios de Transporte Público Colectivo de Pasajeros de los Servicios Zonales “Azcapotzalco” y “Tlalpan Centro”.
d) El retiro de equipamiento auxiliar, servicios y elementos incorporados a la vialidad, no necesarios para la operación de los nuevos servicios de transporte.
La lista completa de las vialidades se encuentra disponible en el enlace: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/fbf4ce5b74814b68f84d6874a8c63e40.pdf.
Con estas acciones, el Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría de Movilidad tienen el propósito de proporcionar a la ciudadanía un servicio de calidad, así como garantizar su prestación en las mejores condiciones de seguridad, comodidad e higiene.
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