Con el objetivo de fortalecer la protección jurídica de las y los adolescentes frente a nuevas formas de violencia sexual, el diputado federal Javier Taja Ramírez, del grupo parlamentario de Morena, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal Federal e incorporar como elementos del delito de cópula con personas mayores de 15 y menores de 18 años el aprovechamiento de la inmadurez emocional, el abuso de confianza y el engaño mediante promesas afectivas, económicas o de cualquier otra índole.
La propuesta, que fue turnada a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados para su análisis y dictaminación, plantea modificaciones al artículo 262 del Código Penal Federal, el cual actualmente contempla sanciones de tres meses a cuatro años de prisión para determinadas conductas relacionadas con este ilícito.
En la exposición de motivos, el legislador argumenta que la protección de niñas, niños y adolescentes constituye una responsabilidad esencial del Estado mexicano, respaldada por la Constitución y por diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.

La iniciativa destaca que la adolescencia es una etapa caracterizada por importantes cambios físicos, psicológicos y emocionales, lo que puede generar condiciones de vulnerabilidad frente a distintas formas de violencia, discriminación y abuso. En este contexto, sostiene que las dinámicas de violencia sexual han evolucionado y actualmente incluyen mecanismos de manipulación emocional, coacción psicológica, uso de herramientas digitales y relaciones de poder asimétricas que pueden influir en la capacidad de una persona adolescente para otorgar un consentimiento plenamente libre e informado.
De acuerdo con la propuesta, las relaciones entre personas adultas y adolescentes de entre 15 y 18 años suelen desarrollarse en escenarios donde existen diferencias significativas de edad, experiencia, recursos económicos o autoridad, factores que pueden propiciar situaciones de influencia indebida mediante promesas, beneficios o vínculos de confianza.
El legislador considera que la legislación vigente presenta vacíos para atender estas modalidades de violencia, ya que no contempla expresamente circunstancias en las que el consentimiento pueda estar afectado por engaños, manipulación emocional o abuso de confianza.
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Por ello, la reforma busca incorporar una perspectiva de protección reforzada para las personas adolescentes, reconociendo que el consentimiento obtenido bajo estas condiciones carece de plena validez jurídica al comprometer la autonomía, la libertad de decisión y el libre desarrollo de la personalidad.
La iniciativa se suma al debate legislativo sobre la actualización de los marcos normativos en materia de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes, frente a los desafíos que plantean las nuevas formas de interacción social y las transformaciones tecnológicas que inciden en las relaciones personales.

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