La Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Congreso de la Ciudad de México aprobó un dictamen que regula los vehículos de micromovilidad motorizados, como scooters, bicis y motonetas eléctricas. La reforma establece que estas unidades —denominadas Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE)— serán clasificadas como motorizados si superan los 25 km/h o pesan más de 35 kg, e incluso se definen dos categorías según su peso: tipo A (menos de 35 kg) y tipo B (de 35 a 350 kg).
A los usuarios de estos vehículos ahora se les exigirá portar licencia de conducir, documentación oficial (placa y tarjeta de circulación), además del uso obligatorio de casco y chaleco reflectante. También deberán registrarse ante la Secretaría de Movilidad (Semovi) y se les aplicarán las mismas reglas que a motocicletas, incluida la prohibición de circular por ciclovías o banquetas.
El dictamen, respaldado por seis votos a favor y una abstención, será discutido en el pleno del Congreso local durante el segundo periodo extraordinario de sesiones, previsto para mediados de agosto.

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