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Compra de camionetas de la SCJN se basó en cláusula de opacidad

La adquisición de las camionetas blindadas por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se sustentó en el artículo 35 del Acuerdo General de Administración VII/2024, una disposición interna que regula las “contrataciones especiales” y permite operaciones con motivos de confidencialidad o reserva de información, lo que ha generado cuestionamientos sobre la transparencia del proceso.

La aplicación de esta cláusula interna para justificar la compra ha avivado la polémica pública luego de que trascendiera que la Corte había renovado parte de su flotilla vehicular con vehículos de lujo por un valor considerable, en medio de demandas sociales por austeridad y responsabilidad en el uso de los recursos públicos.

La controversia se profundizó cuando los mismos ministros decidieron renunciar a utilizar las camionetas y solicitar su devolución o reasignación, después de enfrentar críticas por el contraste entre la compra y el discurso de austeridad institucional.

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